01.10.2020. El DOG Núm.198-Bis dispone el mantenimiento de las medidas de prevención como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica en el ayuntamiento de Lugo.
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50 % de aforo en el interior del local
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No está permitido el consumo en barra
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Aforo en terrazas del 75 % de las mesas
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Los titulares de los establecimientos deberán garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad del uso de la mascarilla.
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En el caso de celebraciones como bodas y comuniones no podrán superar el 50 % del aforo del salón de banquetes, ni el máximo de 50 personas para lugares cerrados y de 100 personas en el caso de celebrarse en espacios al aire libre.